| Control de actividades ruidosas |
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Cualquier actividad de pública concurrencia, (Bar, bar de copas, pub, discoteca, centro de ocio o espectáculos, local de ensayo, cines, etc) que incorpore un sistema de reproducción o amplificación sonora, es susceptible de causar molestias a los vecinos más próximos a la actividad.
Para evitar que este tipo de actividades superen los límites de ruido permitidos que establecen las Ordenanzas Municipales o Leyes Autonómicas, es necesario la incorporación de un LIMITADOR REGISTRADOR DE RUIDO intercalado en el sistema de reproducción/amplificación de audio, con capacidad de registro y almacenamiento de los niveles de ruido, y medidas específicas contra manipulaciones.
Este limitador ha de ser ajustado, para cada caso, dependiendo fundamentalmente del nivel generado en el local y del aislamiento acústico entre los recintos. Para cumplir con algunas ordenanzas municipales es necesario también instalar un limitador a cada aparato de televisión. Por todo lo comentado anteriormente, nuestra empresa, IAG, le ofrece los siguientes servicios:
*SUMINISTRO E INSTALACIÓN DEL LIMITADOR DE APARATOS DE TELEVISION. * MEDIDA Y CÄLCULO DEL AISLAMIENTO ACÚSTICO ENTRE LOS RECINTOS (LOCAL RUIDOSO – RECINTO COLINDANTE AFECTADO). * AJUSTE Y CALIBRACIÓN DEL LIMITADOR REGISTRADOR DE RUIDO, MEDIANTE SONÓMETROS Y ANALIZADORES HOMOLOGADOS Y CALIBRADOS PARA GARANTIZAR QUE LOS RESULTADOS SON FIABLES. * INFORME O CERTIFICACIÓN , VISADO POR COLEGIO PROFESIONAL COMPETENTE, DEL PROCESO DE AJUSTE, CALIBRACION Y RESULTADOS FINALES GARANTIZADOS, PARA SU PRESENTACIÓN ANTE LA AUTORIDAD COMPETENTE (Típicamente al Ayuntamiento correspondiente).
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